La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición de comercialización, distribución y publicidad de productos de limpieza e higiene que carecían de registro y datos del fabricante.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de artículos de limpieza e higiene que no contaban con registro sanitario ni identificaban datos de los establecimientos elaboradores, fraccionadores o importadores. La medida se formalizó a través de la Disposición 2638/2026 publicada en el Boletín Oficial.
El caso se inició tras una consulta sobre la legitimidad de productos de origen extranjero promocionados y comercializados en plataformas de venta digital. Las tareas de fiscalización y monitoreo estuvieron a cargo del Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS).
Entre los productos afectados se encuentran limpiadores y desinfectantes para máquinas de afeitar, así como limpiadores para cocinas de vitrocerámica. Ninguno de ellos contaba con la etiqueta que verificara el establecimiento elaborador ni datos de registro ante la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente.
Las autoridades destacaron que en las publicaciones web los rótulos estaban en inglés y las acciones indicadas (limpieza y desinfección) podían corresponder tanto a productos domisanitarios de Riesgo 1 como de Riesgo 2. Por lo tanto, se prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes de los productos rotulados.
