Luego de que se conociera que la Justicia falló a favor del presidente Javier Milei y resolvió que no tendrá que eliminar un mensaje publicado en su cuenta personal de la red social X contra Ian Moche, un nene de 12 años con autismo, sigue la polémica. Ahora, Andrés Gil Domínguez, el abogado de la familia del menor, cuestionó el fallo, dijo que es “contradictorio” y apuntó contra el juez federal Alberto Osvaldo Recondo .
“Es un fallo contradictorio porque considera que cada vez que Javier Milei actúa en X, en la cuenta con tilde gris que solo obtienen los presidentes, lo hace como un ciudadano común, por más que reconoce que es presidente las 24 horas del día”, expresó el abogado.
El letrado apuntó también contra el juez Recondo al considerar que, si la demanda era entre dos particulares, no debería haberse tramitado en ese fuero sino en el civil. «Toda la tramitación es nula. La competencia federal es de orden público, es decir que el juez entiende que el demandado tiene la entidad suficiente como para estar en ese juicio», sostuvo.
“Es un fallo libertario”, lanzó el abogado en diálogo con Radio Splendid. «Estamos hablando de los límites a la función del Presidente en términos de su posición pública y afectando derechos de particulares», explicó.
«El juez le ha otorgado a través de una decisión judicial, a un Presidente de la Nación con todo el poder que la Constitución le otorga, la impunidad de palabra», marcó Gil Domínguez.
Es que el juez federal determinó que la cuenta de uso personal de Milei en X no es un canal de comunicación oficial y que, por lo tanto, las publicaciones en dicho perfil no pueden considerarse un acto institucional ni responden a decisiones de Estado.
Milei ian moche
«El Presidente de la Nación siempre lo es. Esté en Casa Rosada, en la residencia de Olivos, o en un canal de televisión. Será Presidente las 24 horas del día, mientras dure su mandato. Sin embargo, en ese tiempo no todas sus acciones lo obligarán a nivel institucional», explicó el magistrado.
Consideró en ese sentido que la publicación no fue «un ataque a la honra y reputación del menor», dado que «en el tuit mencionado no se aludió a la actividad del niño». «Está claro que vierte una crítica concreta al periodista», dijo el juez.
A su vez, el fallo planteó que el hecho de que la publicación sea un reposteo «no implica de manera automática la adhesión total con el contenido del tuit» porque «ese criterio llevaría a cualquier usuario a ser absoluto responsable de expresiones ajenas».
También subrayó que el “alto perfil” público de Moche “lo expone a la crítica y la opinión ajena”: «Quien se ha expuesto voluntariamente a una actividad pública ha decidido también exponerse a las consecuencias que de su ejercicio se derivan», remarcó el juez.
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