Javier Milei no deberá borrar el tuit contra Ian Moche

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La familia del nene había demandado al presidente al considerar que había compartido un contenido agraviante en sus redes sociales.

La Justicia falló a favor del presidente Javier Milei y resolvió que no tendrá que eliminar el mensaje publicado en su cuenta personal de la red social X contra Ian Moche, un nene de 12 años que realiza divulgación sobre autismo y discapacidad. La familia del menor había presentado un recurso de amparo para que el mandatario quitara el posteo, alegando que había generado consecuencias graves para el chico y su entorno.

La decisión fue determinada por el juez federal Alberto Osvaldo Recondo, quien determinó que la cuenta de uso personal de Milei en X no es un canal de comunicación oficial y que, por lo tanto, las publicaciones en dicho perfil no pueden considerarse un acto institucional ni responden a decisiones de Estado.

«El Presidente de la Nación siempre lo es. Esté en Casa Rosada, en la residencia de Olivos, o en un canal de televisión. Será Presidente las 24 horas del día, mientras dure su mandato. Sin embargo, en ese tiempo no todas sus acciones lo obligarán a nivel institucional», explicó el magistrado.

Además, el juez afirmó que el posteo fue una crítica hacia el periodista Paulino Rodrigues y no una mención directa a Ian.

Consideró en ese sentido que la publicación no fue «un ataque a la honra y reputación del menor», dado que «en el tuit mencionado no se aludió a la actividad del niño». «Está claro que vierte una crítica concreta al periodista», dijo el juez.

A su vez, el fallo planteó que el hecho de que la publicación sea un reposteo «no implica de manera automática la adhesión total con el contenido del tuit» porque «ese criterio llevaría a cualquier usuario a ser absoluto responsable de expresiones ajenas».

También subrayó que el “alto perfil” público de Moche “lo expone a la crítica y la opinión ajena”: «Quien se ha expuesto voluntariamente a una actividad pública ha decidido también exponerse a las consecuencias que de su ejercicio se derivan», remarcó el juez.

Fuente: minutouno

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