ARCA: la advertencia del organismo para los monotributistas

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ARCA: la advertencia del organismo para los monotributistas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó una advertencia dirigida a quienes forman parte del Régimen Simplificado. El organismo fiscal informó que podrá excluir del sistema a los contribuyentes que no cumplan con las condiciones requeridas. Esta decisión apunta a reforzar el control y asegurar que los monotributistas cumplan correctamente con sus obligaciones impositivas.

El monotributo es una herramienta fundamental para trabajadores independientes, ya que les permite formalizar su actividad, contar con aportes previsionales y acceder a una obra social. No obstante, ARCA estableció reglas más estrictas para garantizar la transparencia del régimen. Por eso, quienes no respeten los límites y condiciones podrían enfrentar sanciones o quedar fuera del sistema.

Los requisitos para mantener el monotributo en junio 2025

ARCA definió nuevos criterios para seguir dentro del Régimen Simplificado. Entre las principales condiciones, se exige que los monotributistas abonen sus cuotas mensuales en tiempo y forma. Si no lo hacen, no solo acumularán intereses, sino que además pueden quedar excluidos del sistema. De hecho, acumular diez meses seguidos de mora implicará la baja automática del monotributo.

Una vez excluidos, los contribuyentes no podrán volver al régimen hasta que pasen tres años calendario desde la fecha de baja. Esta medida busca fortalecer el compromiso fiscal de los inscriptos. Desde ARCA recomiendan revisar con frecuencia el estado fiscal, actualizar datos personales y verificar la categoría vigente.

También recordaron que no recategorizarse a tiempo puede generar multas de hasta el 50% del impuesto adeudado. Para facilitar los trámites, el organismo sugiere utilizar los canales digitales oficiales, donde se pueden presentar declaraciones juradas y pagar las cuotas en forma sencilla.

monotributo

Las escalas vigentes en junio 2025

  • Categoría A: $ 7.813.063,45
  • Categoría B: $ 11.447.046,44
  • Categoría C: $ 16.050.091,57
  • Categoría D: $ 19.926.340,10
  • Categoría E: $ 23.439.190,34
  • Categoría F: $ 29.374.695,90
  • Categoría G: $ 35.128.502,31
  • Categoría H: $ 53.298.417,30
  • Categoría I: $ 59.65 7.887,55
  • Categoría J: $ 68.318.880,36
  • Categoría K: $ 82.370.281,28

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