Proyecto de ley en Corrientes busca regular el débito automático de salarios en cuentas sueldo

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Una iniciativa legislativa presentada en la provincia vecina apunta a proteger los ingresos de los empleados públicos frente a prácticas bancarias que realizan descuentos anticipados y totales de tarjetas de crédito.

En la provincia de Corrientes, un proyecto de ley impulsado por diputados de ECO busca establecer condiciones mínimas de protección para la disponibilidad del salario de los agentes estatales frente a ciertas prácticas bancarias. La norma está dirigida específicamente al Banco de Corrientes S.A. y a cualquier entidad que actúe como agente financiero del Estado provincial.

El fundamento del proyecto se basa en una práctica documentada: el débito automático del saldo total de la tarjeta de crédito desde las cuentas sueldo en el momento en que se acreditan los haberes, incluso antes de la fecha de vencimiento del resumen. Según los legisladores, esta maniobra priva al trabajador de su liquidez y de la posibilidad de administrar sus obligaciones.

La justicia ya se ha pronunciado sobre el tema. En marzo de 2026, el Juzgado Civil y Comercial N.º 6 de Corrientes ordenó el cese de estas prácticas, considerando que la autorización contractual es para debitar al vencimiento y no antes. Otro fallo, de 2024, calificó la situación como un «embargo encubierto» y declaró nula la cláusula de irrevocabilidad del débito.

«El Banco de Corrientes no puede descontarte los saldos de la tarjeta de crédito antes de la fecha de vencimiento, tampoco puede descontarte los montos totales sin tu autorización», explicó la diputada Cecilia Gortari, una de las impulsoras.

De convertirse en ley, la normativa prohibiría a los bancos ejecutar débitos anticipados sobre las cuentas sueldo, a menos que exista una instrucción expresa y documentada del titular para ese período específico. El proyecto subraya que el salario posee una función alimentaria protegida por la Constitución y la Ley de Contrato de Trabajo.

La autoridad de aplicación sería el organismo provincial de defensa del consumidor, encargado de vigilar el cumplimiento y aplicar sanciones, que pueden ir desde apercibimientos hasta multas y la restitución inmediata de los fondos con sus respectivos intereses. Las entidades financieras tendrían un plazo de 30 días para adecuar sus sistemas una vez promulgada la ley.

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