Los asistentes escolares cobrarán el presentismo

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ATE denunció que la medida fue “unilateral”

El gobierno de Santa Fe extendió el premio a la asistencia perfecta.

Jueves, 04 de septiembre de 2025

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El gobierno de Santa Fe extendió el Plan Incentivo a la Asistencia al personal asistente escolar que presta servicios en establecimientos educativos, comedores y cocinas centralizadas dependientes del Ministerio de Educación.

Así lo hizo mediante el decreto 1897, firmado este miércoles por el gobernador Pullaro y los ministros de Economía, Pablo Olivares, y su par de Educación, José Goity.

Es una función fundamental

En los considerandos de la norma se señala que quienes se desempeñan como Asistentes Escolares “cumplen una función fundamental en el sistema educativo provincial como celadores de comedor, cocineros, ayudantes de cocina, porteros, porteros en función mantenimiento, peones generales de campo, choferes, celadores de albergue y auxiliares administrativos”.

Medida justa y equitativa

Y que “el reconocimiento de la labor de los Asistentes Escolares dentro del esquema de incentivos del Ministerio de Educación resulta una medida justa y equitativa, en virtud de la importancia de sus tareas y del impacto que éstas generan en la comunidad educativa”.

Cuánto cobrarán

En cuanto al importe de este premio, el decreto establece que equivalente al 60% del cargo de Maestro de Grado y que se aplicará a partir del 1 de agosto. 

El decreto también incluye un anexo único que enumera los agentes incluidos en el cobro de este incentivo.

Críticas de ATE

Tras conocerse el decreto, desde la Asociación de Trabajadores del Estado aclararon que “se trata de una medida unilateral del Poder Ejecutivo” y que se adoptó “sin la participación ni el acuerdo de las instancias paritarias”.

“Si bien desde el gremio se reconoce la necesidad de mejorar el salario de las y los trabajadores, se advierte que el decreto en cuestión condiciona el cobro del incentivo cuando se ejercen derechos reconocidos en el Decreto 1919/89, que regula licencias, justificaciones y franquicias en la Administración Pública Provincial”, señalaron en un comunicado.

Agregan que “el propio texto de la normativa excluye como inasistencias sólo algunos artículos del Decreto 1919 (Art. 63 inc. f y k, Art. 65, Art. 68 inc. b (Compensatorios de horas ya trabajadas y, en el caso de la Licencia Anual Ordinaria del Art. 40, únicamente aquellas usufructuadas fuera del ciclo lectivo). Esto implica que, al no contemplarse otros supuestos, varios derechos fundamentales quedan afectados”.

En este sentido, ATE remarca que no cobrarán este incentivo quien se tome licencia por maternidad; licencias por enfermedad de larga duración, incluidas enfermedades oncológicas; licencia por accidente de trabajo; licencia por duelo de familiar directo; inasistencias justificadas por inclemencias climáticas; justificación por día destinado a la prevención de salud; y carga pública.

“Estos derechos no pueden ser considerados como ‘inasistencias’, ya que forman parte de un régimen que protege la salud, la vida familiar y la integridad de las y los trabajadores” remarcaron desde ATE, quienes adelantaron que realizarán presentaciones para que estos derechos sean respetados.

“No estamos en contra de un incentivo que mejore los ingresos, pero sí de que este beneficio quede supeditado al ejercicio de derechos básicos que tienen un carácter humano, sanitario y social reconocido desde hace más de tres décadas” concluyeron.

Fuente: LT9

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