Sindicatos capitalistas. Ésta es la propuesta que el Gobierno está por darles formalmente a los mayores gremios del país. Convertirlos, o coparticiparlos, en accionistas de los futuros fondos de inversión alimentados con dinero proveniente de los aportes voluntarios a los futuros regímenes vinculados al “Fondo de Cese Laboral”; o, más popularmente llamados, “Fondo de Despido”. La intención surge en momentos de muy mala relación entre el Gobierno nacional libertario y la conducción clásica y obligatoriamente “combativa” de la Confederación General de Trabajo (CGT); pero bajo la sospecha permanente que, en realidad, hay puentes sólidos entre ambas partes, y disposición mutua a negociar cuando surgen temas importantes que unan a las dos comarcas. Como, por ejemplo, la creación de dinero y su administración bajo una sociedad que puede ser productiva para todas las partes; sumando también al mundo empresario. Y éste es el caso. La idea parte de los laboratorios del Ministerio de Desregulación de Federico Sturzenegger, y apunta a cambiar, de raíz, la relación entre el Gobierno, el mundo sindical y los trabajadores en relación de dependencia; desde la visión donde el Ejecutivo ve el punto de contacto entre las partes: el dinero. Y la manera en que puede solucionarse de raíz uno de los problemas más complejos a los que siempre apuntan los privados: cómo solventar un sistema de despidos extremadamente costoso; al punto de convertirse en una traba sustancial en el momento de evaluar la contratación de nuevos empleados en relación de dependencia. Esto es, en blanco. En un país donde se estima que el 40% (o más) de los trabajadores tienen un vínculo con los privados (y el Estado en todas sus variantes también) total o parcialmente flojo de papeles.
Con este nuevo Fondo de Despido, consagrado en la ley Bases II, la intención es replicar una experiencia aparentemente exitosa traída de las huestes de la Unión Obrera de la Construcción (Uocra) y la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco); el que regula de manera flexible el momento en que un trabajador del gremio queda sin actividad por la finalización de una obra. El mecanismo de este “Fondo de Cese Laboral”, amparado por ley, reemplaza a la indemnización por antigüedad y es financiado con aportes mensuales del empleador. Este porcentaje es del 12% durante el primer año de la relación laboral y del 8% a partir del segundo año, y en caso de despido o finalización de obra, el trabajador puede retirar el dinero acumulado en el fondo. Para esto debe tener al menos ocho meses de trabajo con aportes en los últimos dos años anteriores al despido o finalización de obra. Con matices, es el esquema que se quiere implementar con el flamante Sistema de Cese Laboral, previsto en el Anexo II del Decreto N° 847/2024, como régimen “alternativo” a la indemnización por antigüedad. Según la norma, el Sistema, es voluntario (a través del aval de los gremios) y se establece desde el Convenio Colectivo de trabajo correspondiente. Y aquí viene la novedad capitalista: se administra a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (“FCI”) o Fideicomisos Financieros (“FF”), con la participación directa en el esquema de decisión de los sindicatos que lo formen. Dicho de otra manera, los gremios podrán incorporar integrantes a la sociedad que tomará decisiones de inversión financiera o real para manejar el dinero que los trabajadores y privados aportaran al fideicomiso, de donde saldrá la plata para pagar futuras indemnizaciones. Podrán decidir, por ejemplo, si esos fondos se colocan en obras de infraestructura, empresas con potencial crecimiento y emprendimientos privados con futuro; o, en su defecto, apuestas financieras como plazos fijos, acciones, bonos, obligaciones negociables, letras públicas, o, porqué no, algún “carry trade”. Todo vale en un fideicomiso avalado y fiscalizado por la CNV, más en tiempos libertarios. Y, en una país abierto, incluso con sindicatos tradicionales y “Gordos” como accionistas. Y, porqué no, también de tendencia de izquierda.
Desde la CNV se defiende la medida. El titular de la entidad que controla el mercado de capitales argentino, Roberto E. Silva, presentó el plan afirmando que “hemos trabajado una vez más con el ministro Sturzenegger y el equipo del Gobierno nacional en esta propuesta que tiene la potencialidad de revolucionar la forma en las que se implementan y acuerdan las indemnizaciones, a la vez que integra inversores institucionales de largo plazo en el mercado de capitales”. Aseguró además, que “es una medida que promueve los valores de la libertad en Argentina e impulsa el desarrollo del mercado de capitales, al mismo tiempo”.
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Entre los principales ítems, el régimen propone que:
- las cuotapartes o los valores fiduciarios podrán ser a nivel individual, empresa o sectorial;
- las partes podrán establecer libremente el porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para dicha cuenta individual o colectiva y la periodicidad de ese aporte; el Fondo de Cese Laboral será inembargable;
- los instrumentos creados bajo este régimen solamente podrán recibir suscripciones en el marco de contribuciones y/o aportes de empleadores y/o trabajadores.
- En caso de aporte por parte de los empleadores, las cuotapartes y los valores fiduciarios estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector.
- En el caso particular de los FCI creados bajo esta normativa, sus órganos podrán determinar libremente tanto las políticas y los objetivos de inversión, como la nómina de activos elegibles, dentro de las reglas de diversificación aplicables a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos; debiendo ajustar los textos reglamentarios de acuerdo a las características del presente régimen.
- Finalmente, se establece que el trabajador podrá disponer libremente de las cuotapartes en oportunidad de producirse el cambio de titularidad de las mismas a su favor, pero no podrá realizar nuevas suscripciones.
En relación a los fondos de inversión, la CNV marca que:
- no habrá obligación de preparar, presentar o publicar en el sitio web de CNV un prospecto o suplemento de prospecto;
- las políticas de inversión que se establezcan en cada FF deberán resultar consistentes con la naturaleza del presente régimen especial y el propio objeto del vehículo, iii) se admitirá la posibilidad de incorporación de fiduciantes;
- se podrán emitir valores fiduciarios adicionales.
Este “Fondo de Cese Laboral” o “Fondo de Despido”, es de adhesión voluntaria desde el propio gremio, con lo que el Gobierno encarará ahora una política de convicción hacia los principales popes de los sindicatos más importantes del país; medida esa importancia en cuanto a la cantidad y calidad de sus afiliados. Por default, los petroleros, aceiteros, mineros y los empleados de los otros sectores (no muchos por cierto) que están en bonanza podrían ser de los primeros en sumarse. Sin embargo, en la mira, están los camioneros, comercio y la industria en general (incluyendo, obviamente, la UOM); donde las retribuciones de los afiliados pueden ser una fuente de aportes inolvidable para los fondos de inversión.
La idea es convertir a los popes sindicales, especialmente a los más Gordos, en administradores de fondos de inversión. Y que desembarquen en el mundo “trader” y conozcan sus bondades. Especialmente la de multiplicar dinero, desde el mercado de capitales. Y, lo mejor, estar por arriba de los bancos y profesionales de la administración de fondos, una tarea que siempre es rendidora.