La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó el sistema courier adecuando la normativa vigente para que personas físicas y jurídicas puedan exportar o importar mercadería con un peso máximo por paquete o pieza postal de hasta 50 kilos, independientemente del peso total del envío. Estos cambios, cabe esperar, agilizarán el intercambio comercial por correo al abaratar las compras en el exterior, lo cual podrá impactar en algunos renglones sensibles de la producción nacional.
Hasta el momento, independientemente de la cantidad de piezas, los envíos no podían exceder los 50 kilogramos en total. Por lo que con esta decisión se facilitará el mercado de compra y venta con el exterior mediante esta alternativa.
Asimismo, ya no será obligatorio, para quien ingrese al país mercadería por este régimen, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).
Montos máximos
La Resolución General 5631/2025 efectúa algunas precisiones sobre la Resolución General 5608/2024, que había elevado el monto máximo de 1.000 a 3.000 dólares por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP)/Courier, tanto para importaciones como para exportaciones.
Recientemente, ARCA también instrumentó las modicaciones previstas en el Decreto 1065/2024, que eliminó los aranceles de importación al ingreso de mercaderías hasta un valor FOB USD 400, con un tope máximo de 5 envíos por año y por persona. Dicha franquicia es válida para productos importados destinados a uso personal y, en la práctica, reduce significativamente los costos tributarios respecto al régimen anterior.
La Resolución General 5.631/25, publicada este jueves en el Boletín Oficial, dispuso que los prestadores de servicios postales deberán conservar las constancias digitalizadas de entrega por cinco años.
Límite anual de envíos
El organismo fiscalizador dispuso que hay límite sólo para los denominados “pequeños envíos”, ya sea porque gozan de la franquicia de aranceles hasta un valor de USD 400, o porque tienen eximida la intervención de terceros organismos. Para estos casos, el límite es de hasta 3 unidades de la misma especie y hasta 5 envíos al año por persona.
Los aranceles que están exceptuados hasta los USD400 son los Derechos de importación y Tasa de estadística. El impuesto al valor agregado (IVA), en cambio, debe abonarse.
En el texto oficial, se recuerda que el ARCA «tiene como objetivo permanente facilitar el comercio internacional y procurar certeza en torno a los procedimientos y formalidades aduaneras, con vistas a una mayor fluidez y facilidad en la operatoria comercial».
En esa línea y argumentando los cambios, se puntualizó que se avanzó en esa dirección «teniendo por fin la simplificación y la reducción de cargas y de costos».
Sistema courier y «Puerta a puerta»
A diferencia del sistema «puerta a puerta», el régimen courier permite un mayor peso en el envío de paquetes y ofrece una franquicia de 400 dólares para importaciones personales, tributando solo el 21% de IVA sobre el excedente, lo que en la primer alternativa mencionada es de apenas 50 dólares, y aplica un 50% de impuestos sobre el monto excedente.
En la forma de entrega también se diferencian ambos sistemas, ya que en el courier el envió se realiza directamente al domicilio sin trámites presenciales en la Aduana, mientras que en el «puerta a puerta» puede requerir que el destinatario retire el paquete en una sucursal y complete procedimientos adicionales.